Funciones de un Tesorero de Ayuntamiento
Un tesorero de Ayuntamiento es un procesional que se encarga de llevar a cabo diferentes labores que son fundamentales para el buen funcionamiento de este órgano de gobierno y administración.
Tal y como establece el artículo 5 del Real Decreto 1174/1987, el tesorero tiene las siguientes funciones:
- Se encarga del manejo y la custodia de los valores, fondos y efectos de la entidad local, de acuerdo a lo que se establece en las disposiciones vigentes de carácter legal, debiendo al mismo tiempo encargarse de:
- Llevar a cabo los cobros y pagos que correspondan a los valores y fondos de la Entidad de acuerdo a lo determinado por las disposiciones legales actuales.
- Organizar la custodia de los efectos, valores y fondos según las indicaciones dictadas por la Presidencia.
- Llevar a cabo las consignaciones en Bancos, Caja General de Depósitos y otras sociedades equivalentes según lo determinado por la Corporación, debiendo autorizar junto al Interventor y el Ordenador de pago las diferentes órdenes de pago que sean giradas a las cuentas abiertas en dichas entidades.
- Formación de los programas y planes de tesorería, debiendo encargarse de distribuir las disponibilidades económicas en el tiempo de la Entidad para poder satisfacer sus obligaciones.
- La Jefatura de los Servicios de recaudación, que integra:
- Autorizar los pliegos de cargo de valores que les sean entregados tanto a los agentes ejecutivos como a los recaudadores.
- Expedir la providencia de apremio en los documentos administrativos que corresponda además de realizar la autorización a la subasta de aquellos bienes que sean embargados.
- Tramitar los diversos expedientes de responsabilidad por perjuicio de valores.
- Impulsar y dirigir los diferentes procedimientos de índole recaudatoria, tratando de establecer unas medidas oportunas para que el cobro se realice dentro de unos plazos acordados.
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